Según la opinión del señor Marocco -prolijamente expuesta, por otra parte-, la solución a este intrincado asunto es la siguiente: (1) Que el mandato de los jueces de la Corte de Justicia de Salta «exceda en un 30% el ejercicio del Gobernador»; y (2) Que dicho mandato sea «un solo mandato de 12 años, así nos alejamos de cualquier influencia del poder político sobre los jueces».
Como remate de esta brillante propuesta y para colocar en lo más alto su voluntad dialoguista y conciliadora, el señor Marocco nos ha dicho: «No nos vamos a salir de ese mandato que recibimos de los ciudadanos en ese sentido». No hace falta ser un genio para darse cuenta de que cualquier posibilidad de «consenso» pasa por el abandono de mandatos cerrados y rígidos como el dice tener el señor Marocco.
Sería muy útil, tanto para los ciudadanos de Salta como para las señoras y señores que por estos días ocupan un asiento en la Convención Constituyente, desmenuzar un poco, raspar apenas la superficie de estas esclarecedoras palabras del vicegobernador Marocco.
Comienza diciendo nuestro venerable constituyente, que el mandato de los jueces de la Corte de Justicia de Justicia debe «exceder en un 30% el ejercicio del Gobernador».
Pero el «ejercicio» constitucional del ciudadano que ejerce el cargo de Gobernador de Salta es de cuatro años. Así lo dice con suficiente claridad el tercer párrafo del artículo 140 de la actual Constitución de Salta.
Es decir, que si tomamos como regla de cálculo el «exceso» propuesto por el señor Marocco, los jueces de la Corte de Justicia deberían durar no más de 5,2 años (sin posibilidad de reelección, obviamente).
Pero esto no está en la mente del señor Marocco, ni mucho menos, pues él entiende que el «ejercicio» del Gobernador no es de 4 sino de 8 años.
¿Qué ocurriría entonces si un Gobernador no es reelecto? ¿Qué pasaría si el que fue elegido por cuatro años luego pierde la siguiente elección?
En ese caso, los jueces de la Corte de Justicia seguirían durando doce años, como propone Marocco, mientras que el Gobernador solo duró cuatro. Es decir, que en tal caso, el «exceso» no sería del 30% sino del 300%.
El cálculo de Marocco es sencillamente antidemocrático, pues da por sentado que el Gobernador que gana las primeras elecciones también ganará las segundas. ¿No es esto una falta de respeto a la decisión del pueblo soberano?
Si nos ajustásemos a los criterios maroquianos, si un Gobernador pierde su reelección (es decir, no llega a estar en la oficina ocho años), a los jueces de la Corte se les debería recortar su mandato en 7,2 años, y esto sí que afectaría a su inamovilidad.
Y, a la inversa, si a los jueces de la Corte se les fijara un mandato constitucional de cinco años (que por otra parte sería más que razonable), si el Gobernador gana su reelección, el mandato de los jueces se vería automáticamente extendido a 12 años. Nos preguntamos: ¿Qué idea tiene el señor Marocco de lo que es la seguridad jurídica?
En los planes de nadie (ni oficialista ni opositor) está aumentar la duración del mandato del Gobernador, algo que, aun en caso de hecatombe, se va a mantener en cuatro años. Pensar que un Gobernador durará hasta ocho es hacer futurología y de la mala. Es internarse sin mapas ni brújula en el territorio de la incertidumbre más absoluta. No podemos dar mandatos largos a unos jueces sino sabemos con certeza si en el futuro los gobernadores podrán ser reelectos o si les será imposible conseguirlo. ¿Le suenan a Marocco los apellidos Macri o Trump? ¿O piensa en los salteños como en un atajo de idiotas que concede reelecciones como quien regala empanadas fritas en un cumpleaños? Tal vez piense que el poder de un Gobernador es ineluctable y que el que se sienta en el Grand Bourg siempre tiene asegurada la reelección, así caigan chuzos de punta. Si por Marocco fuera, un Gobernador podría durar entonces 50 años sin perder ninguna elección.
Nadie puede saber si un Gobernador, por muchas ganas que tenga, va a ser o no reelecto; ni siquiera si podrá completar su mandato, por enfermedad, accidente, incapacidad o por lo que fuera. Sólo Marocco piensa que el Gobernador en Salta dura ocho y no cuatro años, como lo establece la Constitución.
Por cierto, no solo está flojo de conocimientos constitucionales nuestro Vicegobernador: también se lleva matemáticas a marzo, puesto que el 30% de exceso respecto de un fantasioso «mandato» de ocho años son 10,4 años y no 12. Hay algunos casos en que el optimismo o el desparpajo pueden torcer el rumbo de las ciencias exactas.
¿Dónde está el mandato?
Con ser preocupantes estas falsas cuentas de Marocco, mucho más peligroso es el anuncio de que él (y los constituyentes oficialistas) tienen un mandato acerca de la duración de los jueces de la Corte.¿A qué mandato se refiere Marocco? ¿En qué escribanía está depositado el instrumento? ¿Ha celebrado el gobierno un referéndum sobre este tema?
No puede referirse al mandato de las urnas por la sencilla razón de que, antes de la elección, fuera o dentro la campaña, el gobierno jamás dijo lo que quería hacer con la duración de los jueces. Si hubiese habido un «contrato electoral» con la ciudadanía, podríamos aceptar que Marocco tiene un mandato en este sentido, pero al no haber dicho absolutamente nada antes, estamos perfectamente seguros de que no tiene ninguno.
Ahora que si de lo que se trata es de sentarse en la Constituyente a «cumplir con el mandato» y no apartarse ni un ápice de él, ya podemos darnos cuenta de que todo el discurso del consenso del que hace gala el oficialismo es solo una postura, una pantalla para disimular su tentación de aplastar con la fuerza del número a las opiniones disidentes.
Es razonable preguntarse entonces, si Marocco tiene un mandato para este asunto ¿qué contenido tiene su mandato para otros temas sangrantes como el de la configuración de la Auditoría Provincial, la reelección de los intendentes o la duración de los concejales?
Si el señor Marocco, efectivamente tiene un mandato escrito otorgado por alguien, sería muy conveniente que lo exhiba ahora o que calle para siempre. Que no se esconda detrás de unos votos, que aunque hayan beneficiado al gobierno, jamás avalaron solución alguna para la duración de los jueces de la Corte.
Deberíamos enviarle cartas al señor Marocco para pedirle que sea un poco más humilde y que respete la voluntad soberana del pueblo de Salta, pues es este pueblo -y no él- quien decide si un Gobernador es o no reelecto.
La influencia del poder político sobre los jueces
Los jueces de Salta son y por mucho tiempo seguirán siendo, por decirlo de un modo respetuoso, «hermafroditas». Es decir, son tanto jueces jurisdiccionales como jueces políticos. Por lo tanto, no pueden desligarse nunca del poder político.Es el poder político el que los nombra y el que los destituye. Y la razón de ello es muy sencilla: cualquier juez letrado de la Provincia puede declarar la inconstitucionalidad de las leyes y tutelar los derechos fundamentales de los ciudadanos en primera instancia y a través de un procedimiento expeditivo. Estas dos atribuciones son funciones políticas y no jurisdiccionales, aunque se ejerzan a través de procedimientos similares a los jurisdiccionales.
Lo que no debe tener el poder político es influencia sobre las decisiones de los jueces, que es otra cosa muy diferente.
Los jueces deben ser, en todo momento, libres e independientes para aplicar el Derecho de la forma que consideren más apropiada. Esto quiere decir no solamente que los políticos no deben entrometerse en su trabajo, sino también que la Corte de Justicia no puede obligar a los jueces inferiores a decidir las controversias de una manera determinada. Es lo que se conoce como independencia o insularidad interna de los órganos judiciales.
Por tanto, aquí vuelve a equivocarse el constituyente Marocco. Y se equivoca más al pensar que su propuesta de reforma va a conseguir desligar definitivamente a los jueces del poder político.
Olvida Marocco (o quizá nunca lo ha sabido) que el Poder Judicial es un poder político. Es la voluntad política (la del soberano) la que instituye el Poder Judicial y le confiere las atribuciones que son propias. Los jueces no se forman en un convento de clausura sino en una sociedad en donde bullen las ideologías y las diferentes formas de entender las controversias se entremezclan y superponen. No hay jueces «vírgenes», por decirlo de algún modo.
Duren cuatro, cinco, ocho o doce años, nada que se pueda escribir en la Constitución impide que el Gobernador de turno pueda llamar a un juez o a una jueza para pedirle algo relacionado con el libre e independiente ejercicio de sus funciones. Eso sí que ha olvidado Marocco, puesto que de saberlo, lo sabe.
Lo que hay que conseguir son dos cosas: (1) que los jueces no encuentren los estímulos suficientes para resignar su independencia a la primera vibración del celular y (2) que el Gobernador, sus ministros y sus influyentes no acaparen tanto poder, un poder tan excesivo e incontrolable, que la vida, hacienda, familia y prestigio de los jueces se pueda ver amenazada por una represalia política.
A ver qué propone Marocco para evitar esto. Me gustaría saberlo, pero ahora. No dentro de veinticinco años.
