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  • Juicio abreviado en Salta
  • La noticia dice que los ciudadanos Florencia Inés Bustamante Arias y Alonso Allemand han sido condenados a una pena de un año y cuatro meses de prisión en suspenso.
Emiliano Estrada, diputado nacional
Emiliano Estrada, diputado nacional

Contrariamente a lo que han publicado algunos medios de comunicación digitales de la ciudad de Salta, los condenados no eran «empleados del diputado nacional Emiliano Estrada», sino que se desempeñaban como agentes contratados por la Cámara de Diputados de la Nación (que era quien les pagaba el sueldo) a instancias del mencionado Estrada.



El juez que los ha juzgado ha hallado a Bustamante Arias y Allemand culpables de un delito de intimidación pública del artículo 211 del Código Penal argentino, a título de partícipes secundarios.

Según la información difundida esta mañana en Salta, el tribunal juzgador ha condenado a los dos comunicadores «por la campaña que hicieron en redes sociales siguiendo las órdenes del legislador».

La misma información recuerda que el proceso penal contra Bustamante Arias y Allemand se inició a partir de una investigación de oficio por parte de la Fiscal especializada en ciberdelincuencia, señora Sofía Cornejo Solá tras la viralizacion de múltiples vídeos de contenido claramente difamatorio contra empresarios, periodistas y políticos.

Ha quedado acreditado en este proceso que estos vídeos fueron «hechos a pedido» de Emiliano Estrada, quien mandaba sobre los ahora condenados.

La investigación fiscal puso también al descubierto una operación deliberada de creación y gestión de cuentas en redes sociales, cuya finalidad consistía en sido hostigar y difamar a determinadas figuras públicas de Salta.

Según información de medios digitales de Salta, el proceso contra Bustamante Arias y Allemand, que ha finalizado –al menos en la primera instancia–, ha sido resuelto por la vía del procedimiento abreviado, lo que supone que ambos acusado han aceptado su participación en los hechos delictivos y han manifestado su conformidad con la pena solicitada por la acusación pública.

Los dos comunicadores han sido inhabilitados por el juez para ejercer cargos públicos por el término de un año. La información consultada no consigna que el juez hubiera impuesto reglas de conducta a los condenados.



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