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Hoy, el mismo medio ha tenido la decencia de recoger unas declaraciones del secretario gremial del Sindicato de Empleados de Comercio de Salta, señor Ángel Ortiz, en las que, con mucho más sentido común, defiende que el aguinaldo —lejos de ser un «gasto extra» o una especie de concesión graciosa de los empleadores— es un derecho vigente.


Las dificultades por las que atraviesan las empresas para mantener su nivel de actividad, que son de todos conocidas, no justifican que se considere al sueldo anual complementario como una «carga evitable». Menos aún, que se lo compare con cualquier otro costo en que pueda incurrir una unidad productiva para sostener su actividad.

El sueldo anual complementario se paga porque los empleados, a lo largo del semestre, lo han ganado trabajando. El aguinaldo se genera por cada día que se trabaja. Por tanto, si llegado el momento en que el trabajador tiene que percibir lo que ha ganado trabajando, su empleador no se lo paga (por dificultades de caja o por lo que sea), no solo se está eludiendo una obligación legal sino que se está cometiendo una tremenda injusticia.

A la vista de la regulación legal, solo se puede concluir que el sueldo anual complementario no es una «gracia» que el empleador concede, ni —como muchos todavía creen— un «beneficio social» impuesto por la ley. El SAC es un complemento retributivo, que forma parte inescindible del salario del trabajador; una remuneración con vencimiento periódico superior al mes, por lo que el efecto de su impago es exactamente igual al de la falta de cumplimiento de las obligaciones salariales que cuya exigibilidad se produce a finales de mes.

El salario —incluido el aguinaldo— no es solamente una contraprestación económica por el trabajo ya prestado. Aunque muchos pierdan de vista este detalle, el salario tiene la misión primordial de cubrir necesidades básicas de los trabajadores (alimentación, vivienda, salud, educación, etc.), lo que lo distingue muy claramente de otras formas de ingreso o crédito, e impide, lógicamente, que pueda ser comparado —como se ha hecho inesperadamente en Salta— con cualquier otro «coste» en que incurran las empresas para producir un determinado bien o servicio.

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