En su día, el ministro en cuestión compareció ante la prensa local para decir que no había recibido de la Fiscalía la información que había pedido y que consistía -nada menos- que en la identidad de los policías que estaban siendo investigados.
Pero el procurador García Castiella entendió en aquella ocasión que el intento de desplazar a Miranda de sus funciones en el Ministerio Público Fiscal respondía a una maniobra prolijamente diseñada y orientada a blindar la impunidad de los policías que pudieran estar involucrados en la trama delictiva que se investiga.
Al final de esta historia, el cese de Miranda no se produjo, ya que prevaleció la firme postura de García Castiella por sobre la arbitrariedad de Cornejo. Miranda, un hombre con casi 30 años de servicios en la Policía, sigue ostentando su estado policial y trabajando para los fiscales exactamente igual que antes de que se produjera este incidente.
El asunto Marlaska/Pérez de los Cobos
El asunto se parece mucho al del Ministro del Interior del gobierno socialista español, señor Fernando Grande Marlaska, quien en mayo de 2020, en pleno estado de alarma y durante uno de los picos más altos de la pandemia del coronavirus, decidió cesar al máximo responsable de la Guardia Civil en Madrid, el coronel Diego Pérez de los Cobos.El ministro alegó en un primer momento que el cese se debía a un simple “cambio de equipos”, pero en posteriores comparecencias públicas vinculó el cese a una “pérdida de confianza”.
El coronel Pérez de los Cobos, lejos de quedarse quieto y acatar el cese dispuesto por el ministro, recurrió al Tribunal Supremo, que ahora le ha dado la razón y ha sentenciado que la decisión de Grande Marlaska fue ilegal.
El máximo tribunal de justicia español revocó así una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, que en su momento había revocado una sentencia de primera instancia de la Audiencia Nacional, que daba la razón a Pérez de los Cobos, y que explicaba que la alegada “pérdida de confianza” se debió a “la ‘no información’ del ‘desarrollo’, no del contenido, de ‘investigaciones y actuaciones’ llevadas a cabo por la Guardia Civil”.
Exactamente igual que Cornejo con los policías de Salta investigados por maniobras económicas ilegales, el ministro Marlaska pretendió que el director de la Guardia Civil le informara sobre la marcha de investigaciones que esa institución armada estaba llevando a cabo en su carácter de policía judicial; es decir, en las que actuaba por orden de un juez y no del ministro.
Ahora, la sentencia del Supremo ordena al Ministerio del Interior el reingreso del coronel como máximo responsable de la Comandancia de Madrid y el pago de una indemnización por el dinero que había dejado de percibir desde su destitución. El alto tribunal español solo ha dado a conocer el sentido de su fallo, pero la sentencia con los argumentos que le han llevado a adoptarla, de la que es ponente el magistrado José Luis Requero, se conocerá dentro de unos días.
Según informa el diario EL PAÍS, fuentes jurídicas señalan que la decisión se apoya en una jurisprudencia ya asentada en la Sala según la cual el cese de los cargos públicos discrecionales tiene que estar motivado. Según el alto tribunal, para esta justificación no basta la pérdida de confianza alegada por Marlaska, sino que hay que exponer las razones que llevan a esa situación.
Así pues, si el año pasado el comisario Miranda se hubiese decidido a llevar su asunto a los tribunales es muy probable que lo hubiera ganado, pues la decisión de pasarlo «a disponibilidad» probablemente haya sido adoptada por la Jefatura de forma ilegal, sin motivación suficiente y con «desvío de poder».
Y lo que es más importante que todo esto: los ministros de los que depende la Policía nunca pueden interferir en investigaciones en las que la misma Policía actúa por orden de los jueces.
Este principio elemental se aplica en Salta, en Madrid y en la Cochinchina.
