Para bien o para mal -y generalmente sin admitirlo- los gobiernos en la Argentina han adoptado últimamente normas, instituciones y terminología utilizadas previamente en España. Ha ocurrido especialmente durante la pandemia. La sola importación de la palabra «aforo» -hasta aquí apenas utilizada en la Argentina- es una pequeña muestra de este impulso de imitación.
Pero en España también se cometen errores. Y los cometen tanto el gobierno como la oposición.
Muchas veces la tentación de copiar lenguaje y comportamientos de otros países se vuelve en contra nuestra, y ello ocurre cuando esa inclinación (que procuramos se mantenga en las sombras) se mezcla con nuestra escasa capacidad de distinguir entre los aciertos y los errores de aquellos a los que tomamos como ejemplo (por no decir que copiamos). Sea porque no estudiamos lo suficientemente bien aquello que ocurre fuera de nuestras fronteras, sea porque -aun estudiándolo- no somos capaces de comprenderlo.
Aprovechando ese impulso, propongo aquí que nos fijemos detenidamente en lo que está sucediendo en España con el tema de la renovación de algunos órganos constitucionales que actualmente tienen su mandato prorrogado por la falta de acuerdo entre los dos partidos mayoritarios en el Congreso de los Diputados: El Partido Socialista Obrero Español y el Partido Popular.
Ayer miércoles, por primera vez desde el pasado mes de febrero, los dos partidos políticos más importantes de España se han reunido para hablar sobre el tema. La reunión entre el secretario general del PP, Teodoro García Egea, y el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, es la materialización del anuncio/oferta del presidente del PP Pablo Casado de avanzar en el diálogo para superar el bloqueo que desde hace años impide la renovación de importantísimos órganos constitucionales como el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo o el Consejo General del Poder Judicial.
Bien es verdad que este bloqueo duradero ha ocurrido en buena medida porque el mismo Partido Popular -y el propio Casado- se han venido negando a dialogar con el gobierno sobre el tema. Pero el anuncio de volver a la mesa de negociaciones es, sin dudas, una buena noticia para todos los españoles.
Sin embargo, el principal partido de la oposición ha dicho estar dispuesto a acordar con el gobierno la renovación del Tribunal Constitucional, la del Defensor del Pueblo o la del Tribunal de Cuentas, dejando afuera expresamente la posibilidad de negociar la renovación del Consejo General del Poder Judicial.
Del otro lado, el gobierno dice que quiere negociar «todo», incluido el CGPJ. Cabe recordar que el mandato de los actuales vocales del Consejo expiró el 4 de diciembre de 2018; es decir, hace casi tres años.
La tensión se produce en realidad porque ambos partidos -y la opinión pública en general- consideran -con razón- que el órgano constitucional que tiene a su cargo el gobierno del Poder Judicial es «el más polémico y el que tiene más poder».
Y esto es exactamente lo que sucede en Salta con la Corte de Justicia, pues este tribunal tiene atribuido el gobierno exclusivo de la totalidad del Poder Judicial provincial, sin que la mayoría de los operadores jurídicos y políticos de Salta acierte a distinguir lo que en España se distingue perfectamente: que el poder de gobernar la institución judicial es más fuerte y más intenso que el poder de juzgar y de dirimir las controversias.
Es el poder de gobernar el hipertrofiado aparato judicial el que confiere a la Corte de Justicia de Salta una posición desproporcionadamente preeminente en nuestro entramado institucional.
Repárese en el hecho de que en el sistema español el Consejo General del Poder Judicial tiene más poder, incluso, que el Tribunal Supremo y que el Tribunal Constitucional, juntos.
Entonces, para que nos hagamos una idea de lo que sucede en nuestra Provincia, pensemos que la Corte de Justicia no solo ejerce de forma magnánima el gobierno exclusivo y excluyente del Poder Judicial, sino que además es tribunal supremo y tribunal constitucional al mismo tiempo. Es decir que su poder se puede multiplicar tranquilamente por cinco o por seis.
Las mismas razones por las que el Partido Popular ha decidido dejar fuera de su oferta negociadora la renovación del Consejo General del Poder Judicial deberían servir para lanzar en Salta un debate serio y profundo sobre la titularidad de la potestad de gobierno del Poder Judicial provincial y sobre la forma en que esta potestad está siendo ejercida desde 2015, o quizá aún desde antes.
Debemos preguntarnos, sin miedo a las respuestas incómodas, si estamos en presencia de un gobierno auténticamente democrático, compatible con las instituciones republicanas y con la aspiración ciudadana de un gobierno limitado, o si, por el contrario, nos enfrentamos a un aparato virtualmente irreductible que conspira contra el equilibrio institucional, rebaja la calidad de nuestra democracia y representa un peligro para nuestras libertades y derechos fundamentales.
Los señores y las señoras convencionales constituyentes de Salta deberían formularse esta pregunta sin demora. ¿Por qué no en la sesión que van a celebrar hoy?
Al menos en España, el gobierno judicial es ejercido por un órgano independiente (formalmente separado de los órganos jurisdiccionales), de conformación plural (pues no solo está integrado por jueces sino también por «juristas de reconocida competencia») y de duración limitada (el mandato de los vocales del CGPJ es de cinco años). A nadie en este país se le ocurriría que los que ejercen una función políticamente tan crítica como el gobierno judicial duraran ocho o doce años, como se está proponiendo ahora en Salta. Esto está fuera de toda lógica.
Debemos recordar y subrayar que el gobierno judicial es ejercido en Salta por un órgano cuyos miembros designa el Gobernador de la Provincia a su libre albedrío, en el que no existe pluralismo de ningún tipo (ni ideológico ni jurídico ni social), en el que algunos de sus miembros nunca fueron jueces antes de ser designados para el cargo, y en el que su presidente reivindica por activa y por pasiva la duración indefinida de su ejercicio.
Paradójicamente, el órgano que ejerce el gobierno del Poder Judicial (así sucede en España, pero también en Francia, en Italia o en Bélgica) es también el órgano que está llamado por la Constitución a asegurar la independencia de este poder del Estado. Es por esta razón que si lo que se propone la Convención Constituyente de Salta es -como se escucha por estos días- mejorar el diseño constitucional para asegurar la independencia de los jueces, no hay otra forma que ponerse ya mismo a rediseñar de arriba a abajo el sistema del gobierno del Poder Judicial.
Cualquier otra medida -incluida la reforma del sistema de designación de los jueces de la Corte- será inútil e insuficiente si no se acometen cambios serios y profundos en esta materia.