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  • Juicio penal en Salta
  • El juez salteño señor Francisco Mascarello ha condenado a una pareja por comercialización y tenencia simple de estupefacientes.
Imagen ilustrativa
Imagen ilustrativa

Todo comenzó cuando el varón de pareja, de 32 años de edad, fue detenido en la galería comercial “Mona Lisa” de la ciudad de Salta, cuando intentaba robar ropa de un local.



Cuando la Policía le practicó un registro corporal (sin autorización judicial previa, por supuesto) le encontraron en su poder envoltorios con pasta base de cocaína y marihuana.

Como los agentes sospecharon que el pequeño ladrón de “Mona Lisa” podía guardar en su casa más sustancias prohibidas, en un tiempo que no se puede precisar (porque la información oficial nada dice sobre esto) consiguieron una orden de allanamiento para el domicilio del hombre, sito en el barrio Ceferino, en el Bajo de la ciudad de Salta.

Según parece, obtener en Salta órdenes de allanamiento de la justicia es más fácil y más rápido que obtener una orden del IPS.

El caso es que en la entrada de la casa de Ceferino, los policías sorprendieron a una mujer de 27 años, quien en ese momento llevaba un bolso floreado.

Según el relato del servicio de prensa de la Corte de Justicia, al ver los móviles policiales, la mujer intentó entrar en la vivienda, pero fue demorada. Se supone que la detención se llevó a cabo fuera de la casa; es decir, antes de que los agentes entraran en ella.

Siempre según el relato oficial de la justicia de Salta, ahí nomás, en la vereda, los policías procedieron a registrar a la mujer y se metieron a hurgar su bolso.

Téngase en cuenta que la Policía estaba actuando en esos momentos por orden del juez y que, por tanto, debía limitarse a cumplir con la orden; esto es, entrar al domicilio y registrarlo. Vale la pena insistir en que las órdenes de allanamiento autorizan a entrar en locales cerrados y a registrarlos, pero a no a detener personas afuera. No se allana a las personas sino a sus domicilios.

Sin embargo, antes de entrar, procedieron a detener a la mujer, que en ese momento no estaba cometiendo ningún delito flagrante, y le registraron el bolso sin orden judicial de ninguna naturaleza.

Dicen que dentro del bolso (registrado fuera de la casa) hallaron «numerosos envoltorios con sustancias estupefacientes y dinero en efectivo» y que dentro del inmueble hallaron más de lo mismo.

La información judicial no explica por qué en el caso del varón el hallazgo de la droga derivó en una condena por tenencia simple y la mujer fue condenada por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y, además, tenencia simple de estupefacientes.

Conste que la mujer no fue sorprendida en el acto de vender la droga, sino que fue condenada por el delito más grave solo por la cantidad de droga que tenía en su poder y que los agentes supusieron que era para vender. No solo por la cantidad, sino porque, además, llevaba dinero en efectivo dentro del bolso floreado. Al parecer, las mujeres que residen en el Bajo solo pueden llevar humitas o sandwichs de mortadela en el bolso, mas no dinero efectivo. Llevar billetes es, de por sí, sospechoso.

El caso es que a la mujer, de 27 años le han caído cuatro años y dos meses de cárcel, mientras que el varón -que tranquilamente podría haber sido el dueño del negocio- fue condenado a pagar una multa, ya que la pena de prisión que le impuso Mascarello fue por el intento de robo en “Mona Lisa”.

Evidentemente, con arreglo al Código Procesal Penal de Salta, los agentes de la Policía no tenían ningún derecho a detener a la mujer y a registrar sus pertenencias antes de entrar a la casa. Al hacerlo, han violado la orden judicial que amparaba la legalidad y legitimidad de su procedimiento.

Lo más llamativo de todo es que la información judicial dice que en el marco de la causa también figuraba una denuncia anónima registrada en la página web del Ministerio Público Fiscal, referida a la actividad ilícita desarrollada por la acusada en barrio Ceferino.

Pero es que no hubieran atrapado a la mujer si su pareja no intentaba robar en “Mona Lisa”. Es decir que, aunque “en el marco de la causa” apareciera una denuncia anónima anterior, el procedimiento judicial revela en realidad que nadie investigó oportunamente esta denuncia previa, como así tampoco la publicación realizada por taxista en Tik Tok.

Si lo que realmente terminó de convencer a Mascarello para declarar la culpabilidad de la mujer fue el vídeo de Tik Tok, es que debería cerrar inmediatamente el Ministerio Público Fiscal y dejar que la persecución de los delitos de acción pública quede en manos de taxistas y remiseros.



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