En la imagen se puede ver a un abanderado portando en desfile la Bandera Nacional sobre su hombro derecho.
Los abanderados que portan la celeste y blanca honran a la Bandera Nacional mediante la colocación del asta del pabellón en la cuja.
Sorprendentemente, han hecho lo mismo los abanderados que portan la bandera de Salta, que debieron mantener este símbolo con el asta en el suelo y no sostenida por la cuja, ya que este gesto supone, como se ha dicho, la exaltación o la honra del símbolo que se porta.
El tercer párrafo del artículo 3 de la ley provincial 6946, que regula el uso oficial de la bandera de Salta, creada en 1997, dice de forma muy clara que «en las ceremonias oficiales la rendición de honores se cumplimentará exclusivamente para la enseña nacional».
Quiérase o no, la del Día del Agente Penitenciario es una ceremonia oficial, por lo que la presencia en ella de la bandera provincial (o de una multitud de ellas, como este caso) está subordinada a la Bandera Nacional, cuyos ritos deben ser cumplidos, como cumplida y no ignorada debe ser la ley que establece que la rendición de honores solo se debe tributarse a la Bandera Nacional.