Según la misma noticia, la denuncia está motivada en el hecho de que, en el momento de anunciar la convocatoria a una huelga contra la reforma laboral proyectada por la Administración de Javier Milei, el señor Aguiar dijo que su trabajo consiste en “provocar la crisis de este gobierno”.
Lamentablemente, en la Argentina no se entiende a las crisis del gobierno como en Europa, donde la expresión sirve para designar un periodo de cambio dentro de un gobierno sin que medien elecciones, forzado por sus errores, por la falta de apoyos en el parlamento o por la opinión pública (Wikipedia).
Se considera crisis del gobierno tanto en el caso de que el gobierno en pleno (es decir, todos sus miembros) se vea forzado a dimitir, como si afecta solo a parte del gabinete presidencial. Desde este punto de vista, una crisis del gobierno es sinónimo de cambio de gobierno o remodelación, por lo que tales crisis pueden no deberse a circunstancias externas sino ser provocadas por el propio gobierno, por razones de oportunidad política.
Así, cuando la señora Bullrich deje su cargo en el Ministerio de Seguridad para asumir como senadora nacional, y otra persona la reemplace como ministra, se producirá una crisis del gobierno. En este caso ¿habría que procesarla también a ella por atentar contra el orden constitucional y la vida democrática?
Por estos motivos, la sinceridad brutal de Aguiar no puede ser objeto de reproche penal.
Si lo fuera —es decir, si alguien admitiera que trabaja para desestabilizar al gobierno y esta admisión le llevase a la cárcel— habría que pensar seriamente en procesar también, por los mismos delitos, al exgobernador de Salta Juan Manuel Urtubey, que durante toda su fallida campaña proselitista —y aun después de ella— manifestó públicamente que se propone parar a Milei e impedir que concluya su mandato presidencial.
Los delitos tipificados en los artículos 226 a 228 del Código Penal argentino están pensados para proteger el orden constitucional y la vida democrática, y no a un gobierno en particular.
