Pero llama mucho la atención el hecho de que los perjudicados atribuyan las culpas de este aumento de la criminalidad a la actuación -para ellos deficiente- de jueces y fiscales, y que no se quejen del pobre desempeño de la Policía de Salta, al comando del ministro Abel Cornejo.
Según los finqueros, los robos repetidos ocurren porque «los mismos ladrones que quedan rápidamente en libertad vuelven a delinquir».
Pero ni la liberación de los ladrones (que siempre obedece a motivos legales) ni la reincidencia son problemas de los fiscales o de los jueces, que, en su mayoría se limitan a cumplir con su deber. Proclamar a los cuatro vientos que todos los ladrones, por muy leves que hayan sido sus delitos, deben estar presos para evitar que vuelvan a robar, es una forma de volver a agitar el peligroso eslogan de «cárcel para todos», cuyos resultados en términos de falta de reinserción y de saturación penitenciaria ya es de todos conocido.
Ambos problemas son de la Policía. Porque la Policía tiene entre sus misiones más importantes la de prevenir la ocurrencia o la recurrencia de los delitos (Art. 8 in fine de la ley provincial 6192, Orgánica de la Policía de Salta).
Si, por la razón que sea, un fiscal no puede mantener entre rejas a un ladrón, y debe ponerlo en libertad cuando la ley le obliga a hacerlo, es deber de la Policía actuar preventivamente sobre el ladrón, y no esperar a que vuelva a cometer un delito para detenerlo.
La queja de los finqueros contra los fiscales es, por tanto, inadmisible.
El problema de inseguridad que denuncian los finqueros es un problema más policial que judicial, y es el Ministro de Seguridad el que tiene que sacar la cara, y no operar en las sombras para que todo el peso de la sospecha recaiga sobre los fiscales.
Cuando Abel Cornejo era Procurador General de la Provincia, los policías eran el blanco preferido de sus ataques. Ahora que ha pasado a mandarlos, son los fiscales hasta los responsables de la muerte de Güemes.
La amenaza de los finqueros de «tomar las armas» y combatir la delincuencia por sus propios medios es inadmisible en un Estado de Derecho. Por tanto, más que calificar a la amenaza como una «medida extrema», como ha hecho el Ministro de Seguridad, debe calificarse como el anuncio de actuar fuera de la ley, y en tal sentido debe ser castigado con el mismo rigor con que se castiga cualquier otro hecho ilícito.
Esta intolerable amenaza de recurrir a las armas de forma organizada, formulada en los medios de comunicación y dirigida como advertencia a los poderes públicos, encuadra claramente en el artículo 22 de la Constitución Nacional y en la figura penal de la sedición.
Frente a la posible comisión de un delito de estas características (bastante más grave que un simple robo) ni los fiscales ni el Ministro de Seguridad deberían mostrarse indiferentes.