En abril de 2024, el Ayuntamiento del sitio en el que vivo aprobó una modificación de la ordenanza municipal reguladora de la protección y tenencia de animales de compañía para la incorporación en la misma del registro de perros mediante ADN canino.
Existe en este municipio algo que se llama RIAC (Registro de Identificación de Animales de Compañía) en el que las mascotas deben estar identificadas y registradas.
Además, por una ley de 2016, el dueño de un perro está obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra la indemnización por los posibles daños que pueda ocasionar a las personas o bienes.
Desde mediados del año pasado, los dueños de los perros deben aportar, junto con la solicitud de censado, un certificado veterinario de identificación mediante ADN o huella genética del perro, asociado a su número de RIAC.
Es decir que los perros de por aquí no solo están identificados por el número de microchip asignado en el RIAC, sino por un perfil genético único.
Según el Ayuntamiento, los objetivos de esta exigencia reglamentaria son evitar el abandono o robo de perros, identificar agresores o camadas indeseadas e identificar las cacas no recogidas en la vía pública.
Es decir que cuando los municipales encuentran excrementos caninos en la calle, en lugar de echarlos al tacho de la basura como si fuese la peor porquería, lo recogen con mimo como si fueran forenses del CIF y mandan a analizar su ADN. Una vez identificado el perro –y su dueño–, la multa no tarda en llegar.
Algo así debería hacerse en Salta con la orina embotellada que salpica los caminos del salar de Arizaro, por supuesto, previa asignación del DUIG correspondiente. En caso de que el meador ya hubiera fallecido, la competencia exclusiva será del servicio de tanatología forense del CIF.
Debería crearse en el ámbito de la Corte de Justicia de Salta un banco de datos genéticos, pero que recoja exclusivamente el ADN de los agresores del medio ambiente, que llegado el caso se podría fusionar o complementar con el que atesora la información genética de agresores sexuales y asesinos.
Además, el análisis tendría una doble utilidad. La primera, identificar al orinador; la segunda efectuar un diagnóstico temprano de la diabetes tipo II, lo que debería ser obligatorio, aun en Tolar Grande.
