Según la misma información, el pasado miércoles 14 de enero, en horas del mediodía, cerca del mástil de la Plaza 9 de Julio, un policía que se encontraba en horario de servicio, advirtió que un hombre circulaba «sin remera y con los pantalones bajos, realizando exhibiciones obscenas ante transeúntes, entre los que se encontraban menores de edad».
La pregunta es por qué Ramos Ossorio le ha imputado solo un delito de atentado a la autoridad y no el de exhibiciones obscenas del artículo 129 del Código Penal argentino.
Dice la información oficial que el policía, al darle la orden de «¡cúbrase!» al exhibicionista, se encontró con que este reaccionó de manera violenta y lo agredió con golpes de puño, produciéndose un forcejeo que terminó con ambos en el suelo.
Según certificado médico incorporado a la causa, la peor parte se la llevó el agente, pues a pesar de que el depravado iba semidesnudo, le provocó al policía lesiones en el hombro izquierdo, brazo, rodilla derecha y mandíbula, diagnosticadas como traumatismo.