La corrupción municipal -excepto en la Municipalidad de la capital, donde jamás se ha malversado un centavo- colapsa los juzgados, incluso más que las causas en las que se juzga a los padrastros que se meten de noche en la cama de sus hijastras impúberes.
Algo parecido ha sostenido en juicio el rechoncho extintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo Jovanovics: que las necesidades de los quijaneños, a los que él «generosamente beneficiaba», eran tan acuciantes que se vio obligado a «saltarse la burocracia» para dar a los necesitados «soluciones urgentes», y que a él lo están juzgando como a un criminal por un «quítame allá esos balances».
Ningún tribunal de Salta condena a nadie por «irregularidades». Este delito no está contemplado en el Código Penal. Si lo estuviera, las cárceles provinciales -incluida la nefanda Alcaidía- estarían llenas de personas que sufren arritmias cardiacas, o de mujeres con el ciclo menstrual alterado e impredecible.
Tanto a la señora Canchi, como ahora a Cornejo, se los ha juzgado y se lo juzga no por «irregularidades», por «descuidos» o «improlijidades». Se los juzga por haber cometido un daño intencional al erario municipal que configura delito. Es imposible que los encausados no supieran que estaban con dos pies y medio fuera de la Ley.
Con las influencias ancestrales del señor Cornejo, bien podría sugerir que un arriesgado senador provincial -sin tener competencias para hacerlo- modificara el Código Penal y el delito de administración fraudulenta pasara a llamarse de «alegría contable», el de peculado «papita pal loro» y el de incumplimiento de los deberes de funcionario público «apartamiento patriótico».
A la corrupción -cualesquiera sean sus motivaciones- se la debe llamar por su nombre. Y los que incurren en estos comportamientos no son «gente equivocada», son simplemente corruptos.
