Según la información oficial de la Corte de Justicia de Salta, la mujer denunciante convivía en su domicilio de Villa Lavalle con su nieto y la esposa de este, que también tiene 25 años.
La situación no quedó aquí. Unos días después, el 5 de marzo, la pequeña bisnieta fue trasladada de urgencia al Hospital Público Materno Infantil de Salta, a donde ingresó con un cuadro de convulsiones y deterioro general de su salud. Aunque inicialmente la madre intentó justificar una mancha en la cara de la pequeña como un simple golpe accidental con la punta de una mesa, los médicos que la atendieron detectaron señales de maltrato infantil, como hematomas en la mejilla y el cuello, que presentaban diferentes coloraciones.
Un escáner de cabeza reveló un hematoma en el cerebro y una fractura en la zona posterior del cráneo, mientras que el examen oftalmológico detectó hemorragias en las retinas de la menor. Al comparar estas imágenes con una internación de febrero por síntomas similares, los médicos determinaron que podría existir un compromiso neurológico grave y que las lesiones eran compatibles con mecanismos de agresión directa.
El asunto fue resuelto en sede judicial a través del procedimiento abreviado. Según la información oficial de la Corte de Justicia de Salta, el Juez de Garantías condenó a ambos progenitores a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
La madre fue declarada culpable de un delito de lesiones graves agravadas por el vínculo, mientras que su esposo —nieto de la denunciante— fue condenado por el mismo delito, más el de coacciones, por las amenazas proferidas contra su abuela.
La sentencia ordena que la pareja condenada sea privada de la responsabilidad parental respecto de su hija de ocho meses. Asimismo, el juez ha dispuesto la urgente intervención de la Secretaría de la Primera Infancia y la Niñez para realizar un seguimiento exhaustivo del bienestar de la niña.
Durante los próximos cuatro años, los condenados deberán cumplir reglas de conducta, entre las que se destacó la prohibición de ejercer cualquier tipo de violencia y de acercarse a menos de 300 metros de la víctima, que no se sabe con quién vivirá.
Además, la parejita deberá someterse a tratamientos psicológicos obligatorios para el control de su agresividad y a programas de rehabilitación por sus adicciones.
Finalmente, la sentencia ordena la extracción de material genético de los condenados para su inscripción en los registros correspondientes.