De acuerdo con la información oficial del Ministerio Público Fiscal de Salta, el juez había accedido a practicar una nueva extracción de muestras genéticas de uno de los imputados, a fin de que las mismas fuesen cotejadas con el ADN extraído al mismo imputado en el momento de su detención.
Al celebrarse la audiencia de incorporación de prueba el pasado jueves 2 de mayo, el juez Eduardo Sangari declaró improcedentes, por superfluos y repetitivos, todos los medios probatorios ofrecidos por la defensa de los imputados, excepto precisamente la prueba del cotejo genético, que, a pesar de haberse acordado de forma expresa, ahora fue desistida.
Según la información oficial, el coste de la prueba biológica iba a ser afrontado por el Ministerio Público Fiscal, pese a que le correspondía hacerlo a la defensa de los Saavedra, puesto que se había acordado a pedido suyo y en su exclusivo interés.
Dicen los fiscales que, de acuerdo con el informe final del CIF, el ADN de uno de los imputados coincide con numerosas muestras genéticas recogidas en la vivienda de barrio San Nicolás, en donde fue hallado el cadáver.
El único cotejo de las muestras genéticas practicado en el sumario fue llevado a cabo en su día por el servicio de Biología Molecular del CIF, con intervención y control de una perito de parte que fue designada para estos fines por la defensa de los detenidos.
Añaden los fiscales que el informe del CIF fue posteriormente cotejado y corroborado con un estudio realizado en el año 2018 en el laboratorio regional de genética forense del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy. Dicho estudio confirma la identidad genética entre las muestras extraídas al detenido y las halladas en la escena del crimen.
Los fiscales subrayan también la paradoja de que la defensa de los imputados cuestionó la prueba pericial genética que arrojó resultado positivo, pero aceptó sin cuestionar las que dieron negativo en relación a los otros imputados, cuando todas estas pruebas fueron practicadas en un mismo acto y por los mismos peritos.
La unidad fiscal integrada por los fiscales penales Mónica Poma, Leandro Flores y Gabriel González, mantiene de este modo la acusación contra Javier Nicolás, Adrián Guillermo y Carlos Damián Saavedra a quienes en esta etapa procesal señala como presuntos coautores de un delito de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento, criminis causæ, por el concurso premeditado de dos o más personas.
Paralelamente, los fiscales mantienen también la acusación de homicidio calificado en grado de tentativa contra Javier Nicolás Saavedra.
