El jefe de los fiscales ha invocado la facultad de iniciativa legislativa, limitada y concurrente, prevista en el apartado j) del artículo 166 de la Constitución de Salta, si bien la ley de «ficha limpia», por su alcance, no encaja totalmente en ninguna de las materias previstas en el precepto constitucional.
García Castiella pretende, según ha explicado, que se añada un séptimo inciso (el g) para incluir los delitos previstos y reprimidos en la ley 23737, de estupefacientes y la penalización del tráfico de sustancias y sus precursores químicos. En concreto, el proyecto cita los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 23, 24 y 29 bis y 44 bis y sus respectivos agravantes de la mencionada ley. El proyecto pretende también que la prohibición de las candidaturas dure, en estos casos, el doble del tiempo de la condena.
La comunicación oficial del Ministerio Público Fiscal de Salta dice que la enmienda legislativa «propone una línea de acción institucional en el marco de las funciones propias del Ministerio Público, tendiente a impulsar las medidas necesarias para promover todo tipo de acciones preventivas direccionadas al mantenimiento del ejercicio de la autoridad y el control de la legalidad en sus territorios».
El proyecto de ley forma parte de las actuaciones del MPF en el combate del narcotráfico y el crimen organizado que se libra en Salta, en donde, a juicio del Procurador General, «todavía estamos muy a tiempo para construir lineamientos que impongan valladares para evitar irrupciones que aún parecen lejanas, pero para ello resulta indispensable la implementación de claras y contundentes acciones del Estado afines a ello».