Si la Constitución de Salta contuviera una norma similar, la Legislatura de la Provincia no podría haber aprobado una ley como la que aprobó la semana pasada.
En los Estados Unidos, las manifestaciones más visibles y efectivas son aquellas que tienen por escenario lo que se conoce como “traditional public forums” (las calles, las aceras, las plazas, los parques), especialmente aquellos que se encuentran frente a los edificios gubernamentales.
Ahora bien, la condición básica para que este derecho fundamental pueda ser ejercido con arreglo a la Constitución es que los manifestantes no bloqueen el acceso al edificio gubernamental ni interfieran con otras actividades para las cuales se diseñó el edificio.
En 1920 se fundó en los Estados Unidos una organización llamada American Civil Liberties Union (ACLU), cuya misión principal es la de «defender y preservar los derechos individuales y las libertades garantizadas a cada persona en este país por la Constitución y las leyes de los Estados Unidos».
La ACLU ha elaborado y publicado una guía para los manifestantes en las que se resumen y detallan sus principales derechos durante una protesta pacífica.
Esta organización recuerda que la Primera Enmienda protege el derecho a reunirse y expresar la opinión a través de las protestas, pero aclara que “la policía y otros oficiales del gobierno pueden imponer ciertas restricciones estrictas al ejercicio de los derechos a la libertad de expresión”.
Los puntos de la guía
La guía de la ACLU contiene los siguientes puntos:* Los dueños de propiedades privadas pueden imponer reglas para expresarse en su propiedad. El gobierno no puede restringir su expresión si se produce en su propia propiedad o con el consentimiento del dueño de la propiedad.
* Los contramanifestantes también tienen derecho a la libertad de expresión. La policía debe tratar a los manifestantes y contramanifestantes de la misma manera. La policía tiene permitido mantener separados a los grupos antagónicos pero debe permitirles estar al alcance y a la vista unos de otros.
* Cuando usted se encuentra legalmente presente en cualquier espacio público, tiene derecho a fotografiar todo lo que esté a la vista, incluyendo edificios federales y la policía. En las propiedades privadas, el propietario puede imponer reglas sobre las fotografías y los videos.
* Usted no necesita un permiso para marchar en las calles o aceras, siempre y cuando los manifestantes no obstruyan el tráfico vehicular o peatonal. Si no tiene ningún permiso, los oficiales de policía pueden pedirle que se vaya hacia un costado de la calle o acera para permitir que los demás pasen o por razones de seguridad.
* Si bien ciertos procedimientos para obtener permiso requieren que se entregue una solicitud con bastante anticipación respecto del evento planificado, la policía no puede usar estos procedimientos como excusa para impedir una protesta en respuesta a eventos informados recientemente.
* Las restricciones en cuanto a la ruta de la manifestación o equipo de sonido pueden violar la Primera Enmienda si son innecesarias para el control del tráfico o la seguridad pública o si interfieren en gran medida en la comunicación eficaz con el público deseado.
* No se puede denegar ningún permiso porque el evento sea controversial o exprese opiniones poco populares.
* Si las reglas sobre los permisos que se aplican a su protesta requieren un pago para conseguir el permiso, deben contemplar una exención para los que no pueden pagarlo.
* Cuando pueda, tome nota de todo lo que recuerde, incluso las placas identificatorias de los oficiales de policía y los números de los patrulleros y el departamento de policía al cual pertenecen.
* Obtenga información de contacto de los testigos.
* Tome fotografías de cualquier lesión.
* Una vez que cuente con toda esta información, puede presentar una denuncia escrita ante la división de asuntos internos del departamento de policía o junta civil de denuncias.
* Desmantelar una protesta a través de una orden de dispersión debe ser el último recurso de las fuerzas policiales. La policía no puede desmantelar una reunión a menos que haya un peligro claro e inminente de revuelta, disturbio, perturbación del tráfico u otra amenaza inminente para la seguridad pública.
* Si los oficiales emiten una orden de dispersión, deben brindar una oportunidad razonable de cumplir con tiempo suficiente y un camino de salida libre y sin obstáculos.
* Las personas deben recibir una notificación clara y detallada de la orden de dispersión, incluyendo la cantidad de tiempo que tendrán para dispersarse, las consecuencias por negarse a dispersarse y qué camino de salida libre pueden seguir, antes de que puedan ser arrestadas o acusadas de algún delito.
* Los oficiales de policía no pueden confiscar ni exigirles ver sus fotografías o videos sin una orden judicial ni tampoco pueden eliminar datos bajo ninguna circunstancia. Sin embargo, pueden exigir a los ciudadanos que dejen de realizar actividades que realmente interfieren con las operaciones legítimas de aplicación de la ley.
* Si usted graba algo en video, tenga en cuenta que existe una importante distinción legal entre un registro fotográfico visual (totalmente protegido) y la porción de audio de una cinta de video, que algunos estados han tratado de regular mediante las leyes de interceptación de comunicaciones.
* Manténgase siempre tranquilo y nunca se resista físicamente ante un oficial de policía.
* La policía no puede arrestarlo sin una sospecha razonable de que usted ha cometido o está por cometer un delito o está en el proceso de cometerlo.
* Si es detenido, pregúntele al oficial si puede irse. Si la respuesta es sí, márchese con calma.
* Si es arrestado, pregúntele al oficial qué delito se sospecha que usted cometió y recuérdele que tomar fotografías es un derecho protegido por la Primera Enmienda y no constituye sospecha razonable de actividad criminal.
* Manténgase tranquilo. Asegúrese de que sus manos estén siempre visibles. No discuta, no se resista ni obstruya a la policía, incluso si piensa que violan sus derechos. Diga que no está perturbando las actividades de los demás y que la Primera Enmienda protege sus acciones.
* Si es arrestado, tiene derecho a preguntar por qué. De lo contrario, indique que prefiere mantenerse en silencio y solicite un abogado de inmediato. No diga ni firme nada sin la presencia de un abogado.
* Usted tiene derecho a realizar una llamada local y, si llama a su abogado, la policía no tiene derecho de escucharlo.
* Nunca debe permitir que lo inspeccionen a usted mismo o a sus pertenencias. Si usted da su consentimiento expreso, esto puede afectarlo con posterioridad.
* La policía puede “palpar” su ropa en caso de que sospeche que usted tiene un arma o puede inspeccionarlo tras un arresto.
