La resolución judicial, que lleva la firma de los magistrados Carlos A. Mahiques, Guillermo J. Yacobucci y Angela E. Ledesma razona con claridad que el recurso del fiscal federal de Salta «no cumple (...) con los recaudos requeridos para la interposición del recurso extraordinario establecidos en los arts. 14 y 15 de la ley nº 48 y en la Acordada nº 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación».
La resolución concluye diciendo que «oída que fuera la defensa pública oficial en representación de Raúl Juan Reynoso, doctora María Eugenia Di Laudo, corresponde declarar inadmisible la vía intentada, sin costas en la instancia».
La Cámara Federal de Casación Penal cierra así el paso a la pretensión del Ministerio Público Fiscal que actúa ante en el orden jurisdiccional federal en la Provincia de Salta, de que el exjuez federal de Orán -sobre quien no ha recaído aún una condena firme- cumpla la ejecución provisional de la pena impuesta en su día en la cárcel federal de la localidad de General Güemes.
Como se recordará, tras algunas vicisitudes procesales, el TOF nº 1 de Salta dispuso que por razones médicas debidamente acreditadas y razonadas, Reynoso cumpla con prisión domiciliaria.
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