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  • La seriedad y transparencia de los procesos judiciales que se tramitan en el orden jurisdiccional federal de Salta han sufrido un apreciable menoscabo desde que se ha conocido que los fiscales federales cerraron un acuerdo de juicio abreviado que impedirá que su colega, el Fiscal Federal de la Nueva Orán, señor José Luis Bruno, ingrese efectivamente en prisión.
Carlos Martín Amad, fiscal federal en Salta
Carlos Martín Amad, fiscal federal en Salta

En efecto, en el expediente FSA 10789/2023, caratulado “Reynoso, Raúl Juan y otros s/ Cohecho”, los fiscales federales —con el señor Carlos Martín Amad a la cabeza— han cambiado sorpresivamente de criterio en relación con la persecución penal del fiscal Bruno.


Sin embargo, a pesar de este inesperado cambio de criterio, los fiscales mantienen su pretensión de apertura del juicio oral para el exjuez Raúl Juan Reynoso, acusado en el mismo expediente de los mismos delitos que Bruno, en base a los mismos hechos y con las mismas pruebas.


La situación podría tranquilamente ser calificada de escandalosa, de no ser por el pequeño detalle de que Reynoso ha denunciado el acuerdo de juicio abreviado que beneficia a Bruno, ha formulado reserva de alegar su nulidad en el momento oportuno y ha pedido al Juez Federal n.º 1 de Salta un trato igualitario, en base a lo que prevén los artículos 16, 37 y 75 (incisos 2, 19, 22 y 23) de la Constitución Nacional, 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En defensa de sus derechos, el exjuez oranense denuncia ante el Juez Federal el claro desvío del Ministerio Público Fiscal Federal de su deber de objetividad, ya que la intención de los fiscales que intervienen en las causas que se siguen en su contra no parece ser otra que la de mantenerlo «siempre acusado», a pesar de que Reynoso lleva casi diez años fuera de la justicia federal y, desde que se encuentra sometido a proceso, ha cumplido de forma puntual todas las obligaciones, requerimientos y cargas procesales que le han sido impuestas, sin dejar en ningún momento de comparecer ante los tribunales que lo juzgan.

En estos días, los fiscales federales han salido llamativamente a los medios de comunicación a intentar justificar con variados argumentos el acuerdo —virtualmente exculpatorio— que evitará que su colega Bruno pise la cárcel, algo que de ningún modo los mismos fiscales intentaron en el caso de Reynoso, quien pasó, valga la pena recordar, más de seis años encerrado en el penal federal de General Güemes en condiciones especialmente duras. Reynoso no solo atravesó en prisión la pandemia del COVID-19 (siendo grupo de riesgo), sino que compartió encierro con muchos procesados y condenados que él había enviado a la cárcel.

La postura de los fiscales federales de Salta es poco comprensible, especialmente si se tiene en cuenta que el Fiscal Federal de Orán admitió expresamente en el proceso haber «consentido actos procesales contrarios a la ley» y haber omitido apelaciones que perjudicaron la persecución penal en las causas Weber y Rojas.

A pesar de la clara prevaricación admitida por el procesado, los fiscales federales de Salta se han apresurado a presentar el acuerdo de juicio abreviado como «el mejor posible», teniendo en cuenta que, en el caso de Bruno, les habría resultado «muy difícil» probar el cohecho pasivo.

Pero, curiosamente, con la misma dificultad probatoria tropiezan los fiscales en relación con Reynoso, pues se trata de los mismos hechos y de la misma prueba sobre tales hechos.

La diferencia estriba en que, mediante un subterfugio dialéctico (de muy escaso sustento lógico, hay que decir), los fiscales dan por acreditada la responsabilidad de Reynoso en el supuesto cohecho pasivo a partir de meros indicios (la supuesta relación del exjuez con los llamados «intermediarios»), sin que en ningún momento los acusadores federales hayan demostrado la más mínima eficacia investigadora y probatoria o hayan conseguido establecer con claridad la ruta del dinero, ni demostrado un incremento patrimonial de Reynoso, más o menos contemporáneo a los hechos de los que se le acusa.

Contra toda lógica, dicen los fiscales, en relación con el delito de cohecho pasivo, que la entrega de 150.000 dólares (en el caso Arancibia) no es una conjetura.

Pero evidentemente lo es porque los mismos fiscales sostienen que el delito se prueba «a través del incremento patrimonial», ¡pero no el de Reynoso!, sino —sorprendentemente— el de los «intermediarios», y que por extraña carambola, se da por hecho que Reynoso recibió tal cantidad en concepto de dádiva (sin entrar a averiguar si la recibió en realidad), solo porque los «intermediarios» tenían —dicen los fiscales— un «vínculo de confianza» con el magistrado.

Pero tal vínculo de confianza no se acreditó nunca. Reynoso lo ha negado repetidamente y las personas sindicadas como «intermediarios de confianza» (los que finalmente habrían entregado la dádiva a Reynoso) o se encuentran prófugos, o no han declarado nunca en el proceso, o han sido sospechosamente beneficiados con una calificación jurídica benigna.

La existencia de un «vínculo de confianza» que no se ha acreditado de ningún modo durante el proceso es, en definitiva, una mera conjetura, por mucho que los fiscales federales se empeñen en afirmar lo contrario.

Entonces, si los hechos y las pruebas son «suficientes» para despegar al exfiscal Bruno de la causa, deberían ser más que suficientes para hacer exactamente lo mismo con Reynoso.

Por consiguiente, la insistencia de los fiscales en enjuiciar a Reynoso y prolongar su calvario judicial no encuentra otra explicación que la animadversión personal de los fiscales contra el exjuez federal de Orán y contra su familia.

A la luz del derecho fundamental a la igualdad ante la ley, de la interdicción de la discriminación sin base objetiva y razonable y del derecho a la defensa en juicio, el argumento de los fiscales federales de Salta acerca de que el acuerdo de juicio abreviado que beneficia a Bruno «satisface los fines del proceso bajo criterios de economía y austeridad procesal» es insostenible y roza la inmoralidad más absoluta. En opinión de los fiscales, para Reynoso no hay austeridad procesal que valga, ni justicia.

El acuerdo que beneficia al Fiscal y discrimina al juez no solo es injusto porque deja afuera irrazonable e injustamente al otro coimputado, sino especialmente porque el giro copernicano de los fiscales federales en relación a Bruno se ha llevado a cabo sin aportar ninguna explicación razonable sobre el cambio de criterio.

En el texto del acuerdo de juicio abreviado —que, por cierto, no le fue notificado a Reynoso— no existen argumentos que expliquen razonadamente los motivos por los que se retira o se descarta la figura del cohecho en relación con Bruno, en comparación con etapas anteriores del proceso, en las que los mismos fiscales afirmaron, sin sombra de duda, la existencia material de dicho delito.

Es de esperar que en este trato desigual y claramente discriminatorio no haya tenido ninguna influencia el hecho de que el imputado Bruno esté patrocinado por el despacho de abogados dirigido por un exjuez de la Corte de Justicia de Salta y excamarista federal, y el hecho de que el imputado Reynoso afronte las vicisitudes del proceso aistido por un defensor oficial.

El espectáculo montado por los fiscales federales, después de que el acuerdo se hiciera público, no puede conducir a otra conclusión que no sea la de que, en relación a su colega Bruno, los fiscales federales de Salta han adoptado una postura dogmática y selectiva, guiados solo por el ánimo de descomprimir la situación procesal del Fiscal Federal de Orán y de beneficiarlo, de modo de provocar el máximo daño moral y procesal posible al otro coimputado.

Es esta, en definitiva, una situación perversa que los tribunales federales de Salta de ningún modo pueden cohonestar. En la aplicación estricta e igualitaria de la ley no son de recibo ni los ensañamientos personales ni los beneficios procesales a la carta. O la ley es pareja para todos, o el estado de la justicia federal en Salta es mucho más preocupante de lo que imaginábamos.



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