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  • La Dirección General de Rentas ha recordado que la moratoria, que rige desde el 17 de octubre, por virtud de la ley provincial 8461, permitirá a los contribuyentes con deudas tributarias hasta marzo de 2024 regularizarlas con quitas en los intereses resarcitorios, financiación diferencial menor y reducción de las multas, según la modalidad de pago que elijan.
Imagen ilustrativa
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Quienes deseen acogerse a la moratoria podrán pagar sus deudas hasta en 36 cuotas. Para ello, se encuentran habilitados todos los servicios web en www.dgrsalta.gov.ar.


La información oficial aclara que los contribuyentes sometidos a procedimiento administrativo o judicial pendiente, deberán presentarse en la DGR a fin de tramitar su caso en particular.

Se recuerda también a los contribuyentes de impuestos provinciales que Salta ha adherido al Título II de la Ley nacional 27.143, que regula el llamado Régimen de Regularización de Activos, por lo que, las exteriorizaciones que los contribuyentes salteños hayan hecho en su día en la AFIP (hoy ARCA), luego podrán presentarlas ante la DGR, acompañando en la web la declaración jurada, el acuse de recibo y el comprobante de pago que presentaron ante la AFIP.

Finalmente, mediante el registro único tributario, que se encuentra vigente desde el pasado mes de septiembre, el contribuyente podrá obtener el alta en AFIP y, simultáneamente, en la Dirección General de Rentas de la Provincia, sin necesidad de hacer para ello dos trámites ni de acudir presencialmente a las oficinas recaudadoras.

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