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  • Juicio penal en Orán
  • La noticia, que ha sido difundida por el servicio de prensa del Ministerio Público Fiscal de Salta, no indica que la persona condenada tuviera antecedentes penales o que la pena impuesta hubiese sido unificada con otra.
Imagen ilustrativa - Generada por AI
Imagen ilustrativa - Generada por AI

La imposición de cinco años de prisión por robar un teléfono celular, valiéndose de un arma blanca, expresa con elocuencia el rigor con que algunos jueces salteños aplican el Código Penal, frente a hechos delictivos de cuantía muy menor.



Al parecer uno de estos jueces es la señora Norma Palomo, de la Primera Sala del Tribunal de Juicio de la ciudad de la Nueva Orán, quien ha condenado a un ciudadano acusado de robo con armas por la Fiscal Penal nº 1 de la misma ciudad, señora Daniela Murúa.

Según la comunicación oficial, el hecho enjuiciado ocurrió el pasado 24 de marzo de 2024, cuando, junto a otras dos personas que no fueron identificadas, un hombre llamado Mauricio Gabriel O'Higgins le robó al celular a un hombre que se encontraba sentado en una plaza.

Para evitar el robo, la víctima salió corriendo (siempre bajo la modalidad «peatonal»), pero tanto peatonó que tropezó y fue alcanzado por los delincuentes, quienes le exhibieron un arma blanca y se llevaron el aparato.

Uno de los sospechosos fue detenido en las inmediaciones por agentes de la Policía que realizabna tareas de patrullaje, logrando así recuperar el bien sustraído.

El artículo 166 del Código Penal argentino prevé una pena de cinco a quince años de prisión para un robo cualquiera, siempre que para cometerlo se haya utilizado cualquier arma; es decir, aunque no se hubieran producido daños en las cosas o lesiones en las personas.

El homicidio doloso simple, del artículo 79 del mismo código, prevé una pena mínima de ocho años.

En contraste, el artículo 242 del Código Penal español prevé una pena de prisión de dos a cinco años para los culpables de robo con violencia o intimidación en las personas. De acuerdo con el apartado 3 del mismo artículo, esta pena se impondrá en su mitad superior, «cuando el delincuente hiciere uso de armas y otros medios igualmente peligrosos». Es decir, que la pena mínima para un robo con armas es de tres años de prisión, a diferencia de los cinco previstos para el mismo delito en la Argentina.

Además el apartado 4 del artículo 242 establece que «en atención a la menor entidad de la violencia o intimidación ejercidas y valorando además las restantes circunstancias del hecho, podrá imponerse la pena inferior en grado a la prevista en los apartados anteriores».



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