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  • Reforma del Código Contravencional de Salta
  • El Intendente Municipal de la ciudad de Salta, señor Emiliano Durand ha anunciado que apoyará el proyecto de ley elaborado por un senador provincial y por el Procurador General de la Municipalidad de Salta para modificar el artículo 77 del Código Contravencional (ley provincial 7135), con el objeto de duplicar las penas actualmente previstas y asegurar que, en determinadas circunstancias, los infractores las cumplan efectivamente.
Imagen ilustrativa
Imagen ilustrativa

Según lo informado, el proyecto de reforma será suscrito por el senador provincial señor Gustavo Carrizo.



El actual artículo 77 contempla penas de arresto o multa de hasta 20 días para el que:

a) Instalare en la vía pública puesto de venta sin autorizaciones.

b) Se instalare en los atrios de templos, o en plazas o paseos públicos sin autorización.

c) Con probada intención de perturbar interrumpiere el desplazamiento de vehículos o transeúntes.

La iniciativa apoyada por Durand pretende elevar las penas para estas conductas hasta los 40 días de arresto o multa.

Ha dicho el Intendente Municipal de Salta que la actividad de los denominados «trapitos» (extorsionadores profesionales que exigen ilegalmente una cantidad de dinero a los automovilistas que estacionan en determinadas zonas de la ciudad) se torna más grave durante espectáculos o en horas de la noche.

“Una persona va a comer o una mujer baja con sus hijos del auto y aparecen personas para coaccionarla a que pague el estacionamiento indebidamente”. “Si no pagas, existe el temor a que te rompan el auto. Esto tiene que acabarse”, ha dicho el Intendente.

El proyecto contempla la posibilidad de que la pena de arresto se cumpla efectivamente (es decir, que no pueda ser sustituida por el pago de una multa) cuando la actividad se realice en eventos de afluencia masiva, cuando la víctima sea una mujer, o cuando se detecte la participación de jefes u organizadores de estas prácticas.



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