El juez ha entendido que el congreso celebrado el pasado 30 julio resolvió por unanimidad reformar la carta orgánica partidaria y que la cantidad de votos que obtuvo la reforma en aquel congreso supera "con holgura" la exigencia de dos tercios de los miembros presentes prevista en el apartado f del artículo 21 de la carta orgánica para validar su propia reforma.
La nulidad había sido interpuesta por los congresales Victor Hugo Belmont, Inocencio Karanicolas y Francisco Ibañez y por los consejeros Juan Carlos Romero, Viviana Fradejas y Victor Manuel Brizuela, bajo el patrocinio letrado del concejal y exapoderado partidario Raúl Romeo Medina.
Recuerda el juez que la Cámara Nacional Electoral (tribunal de alzada de la jurisdicción federal electoral salteña) había confirmado con anterioridad la desestimación de la suspensión cautelar de las enmiendas a la carta orgánica del PJ de Salta, solicitada en su momento por los mismos dirigentes y resuelta desfavorablemente para estos en la primera instancia judicial.
Lugares comunes jurídicos
Por lo demás, la resolución del juez Bavio abunda en consideraciones jurídicas de manifiesta obviedad, como por ejemplo el argumento de que “lo decidido en las asambleas partidarias se considera válido si ha sido aprobado mediante la mayoría establecida en la carta orgánica”, un principio elemental, que el juez pomposamente presenta como "jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral".Abundando en lo obvio, el juez federal salteño sostiene que se trata de lo que en doctrina se denomina “regularidad funcional”, algo que -según él- persigue como primer objetivo, brindar mayor eficacia al sistema orgánico interno de las agrupaciones sobre la base del respeto irrestricto a la expresión de la voluntad soberana del partido, conforme al orden normativo de éste.
Siempre según las argumentaciones del juez, la llamada regularidad funcional "exige que los poderes del Estado -entre ellos el judicial- reivindiquen sus límites (¡!) para evaluar las decisiones funcionales de las agrupaciones políticas cuyo 'ámbito de reserva' ampara las opciones de eminente contenido político con lo que se garantiza la autodeterminación y gestión de los partidos políticos".
"Reivindicar" signfica reclamar algo a lo que se cree tener derecho. Por lo tanto, eso de "reivindicar sus límites" comporta una manifiesta contradicción, ya que lo que quiere decir el juez federal es todo lo contrario, pues alude a los límites del intervencionismo judicial en la vida interna de los partidos políticos, algo a lo que la justicia no tiene derecho, precisamente.
Habla también el juez Bavio del llamado “ámbito de reserva partidario", un espacio que considera -también en la cúspide de la obviedad- "ajeno a la posibilidad de revisión judicial". Si no existiera tal ámbito de reserva y todas las decisiones de los partidos políticos fuesen susceptibles de ser impugnadas y revisadas judicialmente, no sólo dejarían de existir los partidos como tales, sino que se avanzaría peligrosamente hacia la extinción de la política como actividad humana libre y creativa.
No se ha inventado una gran doctrina el juez salteño con la figura de su reivindicación de límites.
¿Revés de Romero?
Los incondicionales del gobernador Urtubey, mejor dicho, aquellos de sus incondicionales que han comprado la comedia montada en torno al supuesto enfrentamiento de su líder con el exgobernador Romero, han volcado ríos de tinta para intentar dejar bien claro de que el reciente fallo del juez Bavio comporta "una nueva derrota de Romero a manos de Urtubey".Lo cierto es que la resolución judicial no ha conseguido, ni por asomo, desplazar a Romero de su cargo de presidente del Partido Justicialista, ni ha entronizado en aquel cargo al gobernador Urtubey, prisionero de su absurda frase peronópata: "el que gobierna conduce".
La resolución de Bavio no ha hecho sino ponerle las cosas aún más fácil a Romero, toda vez que, a partir de ahora, el exgobernador tendrá más y mejores argumentos para presentar su candidatura a gobernador de Salta en 2011 "por fuera del partido".
Lo interesante para los seguidores de Urtubey, y para el propio Urtubey, hubiera sido liquidar a Romero dentro del propio Partido Justicialista para impedirle así levantar cabeza.
Desde el momento en que el fallo de Bavio deja a Romero vivo y con sus opciones electorales intactas, la confirmación judicial de la Comisión de Acción Política del PJ puede considerarse una clara derrota del gobernador Urtubey y de sus ingenuos seguidores.







