La Corte de Justicia de Salta resolvió no admitir a trámite los recursos extraordinarios federales planteados por representación procesal de Estela María Plaza y Alfredo Flores Torres contra una sentencia del mismo tribunal que había desestimado los recursos de casación e inconstitucionalidad contra una sentencia de la Cámara en lo Criminal de Salta, que, a su vez, había desestimado el pedido de los condenados de gozar del beneficio procesal del juicio a prueba en una causa donde ambos se encuentran imputados de un delito de usura en concurso ideal con el de falsedad ideológica de documento público.
El máximo tribunal salteño dijo que los recursos articulados por Plaza y Torres incumplen con lo dispuesto en la Acordada 4/07, que reglamentó la presentación de los escritos solicitando el recurso extraordinario federal.
Entiende la Corte que Plaza es escribana pública y que por ello resulta aplicable la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que afirma que los notarios públicos ostentan la condición de funcionarios públicos, situación que a la luz del artículo 76 bis del Código Penal, impide acceder a la suspensión del juicio a prueba.
Al desestimar los recursos extraordinarios federales solicitados, sostuvo la Corte de Justicia que no se demostró la afectación de los derechos de raigambre constitucional invocados por los recurrentes.
Cabe recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en mayo de 2008, ya había desestimado un recurso de queja que fuera en su momento desestimado por no atacar una resolución judicial con rango de sentencia definitiva.



