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El Jurado de Enjuiciamiento inadmite la denuncia de Mazzone contra la jueza Renzi

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Ciudad Judicial de Salta
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Provincia de Salta ha resuelto esta tarde declarar inadmisible la acusación formulada por la diputada provincial Liliana Esther Mazzone contra la Jueza en lo Correccional y de Garantías de Quinta Nominación, Beatriz Renzi.

Según la información oficial emanada del portavoz de prensa del Poder Judicial, el Jurado, tras analizar de forma exhaustiva el expediente 100698/12, determinó que la magistrada denunciada "actuó regularmente frente a circunstancias objetivas que justificaban las decisiones adoptadas".

En los fundamentos que sustentan la declaración de inadmisión se afirma que “en su proceder (el de la jueza Renzi) no se evidencian acciones u omisiones en desmedro de los derechos de la allí querellada (la diputada Mazzone)”.

El Jurado ha resuelto también remitir copia de las actuaciones a la Secretaría de Superintendencia de la Corte de Justicia a fin de determinar la probable existencia de responsabilidad administrativa en la emisión por parte del Juzgado de una comunicación informática dirigida al Jefe de Policía, cuyo contenido "no se condice con lo específicamente ordenado por la jueza", y que aparece suscrita por una persona que no es la señora Beatriz Renzi.

El Jurado concluye así que de la prueba aportada por Mazzone "no cabe imputación alguna contra la magistrada".

Los antecedentes

Dice el portavoz judicial el análisis del proceso penal revela que la jueza Renzi ordenó notificar su intervención a Mazzone, con traslado de copia de la querella presentada en su contra “según lo exige expresamente el artículo 501 del Código Procesal Penal que, inclusive, establece que ese proceder debe cumplirse inmediatamente”.

Según el Jurado, el procedimiento seguido obedece a un deber legal impuesto al juez de la querella, ya que la notificiación y el traslado constituyen actos de conocimiento cuyo efecto jurídico no es otro que asegurar el derecho de defensa en juicio de la querellada.

Para el Jurado, la diputada Mazzone "avaló la legitimidad de los actos procesales por su propia actividad, consintiendo la jurisdicción de la magistrada, planteando excepciones, contestando la querella y ofreciendo prueba".

Entiende también que, de acuerdo con las constancias que obran en la causa, la jueza Renzi no ordenó en ningún momento la detención de la querellada.

Sobre este particular, el Jurado considera aplicable al caso planteado la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que sostiene que cuando los agravios invocados por el denunciante son susceptibles de ser reparados por las vías que prevén las leyes de fondo y procedimiento, no constituyen causal de remoción.

En cuanto a la imputación de incumplimiento de los deberes a su cargo, el Jurado ha entenido que no procede la formación de causa, por cuanto la jueza Renzi "ejerció los propios poderes de decisión y ejecución correspondientes a su cargo público".

También fue considerada improcedente la pretensión de que el Jurado analice la conducta de la magistrada para discernir si eventualmente su actuación configura un delito penal. “Los tribunales de enjuiciamiento de magistrados no son tribunales de justicia, sino que ejercen atribuciones de tipo político atinentes a la responsabilidad de aquellos”, ha dicho el Jurado.

La reunión del órgano de enjuiciamiento de magistrados fue presidida por el juez Guillermo Posadas. Asistieron a la misma el juez de la Corte de Justicia, Guillermo Catalano; el Fiscal de Estado, Ramiro Simón Padrós; los senadores provinciales Jorge Soto y Silvina Vargas, los diputados provinciales Manuel Santiago Godoy y Oscar Villa Nougués, y los miembros del foro en representación de las cámaras legislativas, Guillermo López Mirau y Aldo Juárez.

No se ha informado oficialmente el resultado de la votación ni el sentido de los votos particulares de los integrantes del Jurado.